Laboral
En Querétaro 14 mil negocios trabajarán vía «home office»
El 32 por ciento de los centros laborales registrados en el IMSS aplican el llamado teletrabajo o ‘home office’ en el estado de Querétaro.
Esta cifra equivale a un total de 14 mil 700 unidades económicas, informó el presidente de la Federación Nacional de Salud en el Trabajo, A.C. (FeNaSTAC), Heriberto Pérez González Aragón.
Por ello, del total de trabajadores registrados ante el IMSS, entre el 6 y 7 por ciento realizan trabajo a distancia; esto es entre 40 mil a 45 mil trabajadores.
Destacó que las empresas tienen que adaptar sus políticas y procesos para la aplicación de la nueva norma publicada en el DOF sobre el tema del teletrabajo.
“Se establecen las responsabilidades de los empleadores para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores cuando se implementa el teletrabajo; significa que las empresas tienen que adaptar sus políticas y procesos para cumplir”.
González Aragón dijo que se debe establecer la prevención de riesgos laborales y los procedimientos para prevenir enfermedades y accidentes laborales.
“Esto es con el fin de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en su entorno laboral”.
Mencionó que aquellos lugares de trabajo que utilicen los trabajadores bajo la modalidad de teletrabajo, deberán cumplir con disponer de conectividad para el uso y manejo de las tecnologías de la información.
Asimismo, deben contar con condiciones de seguridad y salud en el trabajo, además del buen estado de las instalaciones eléctricas, iluminación, ventilación y condiciones ergonómicas.
El pasado 8 de junio de 2023, la Secretaría del Trabajo y Previsión social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana (NOM) 37 referente al teletrabajo, en cumplimiento a la reforma de enero de 2021.
Justicia
Acusan uso de presión y amedrentamiento para imponer representación sindical
Diversas denuncias laborales apuntan a un patrón de amedrentamiento y presión ejercido mediante terceros para obligar a trabajadores a aceptar una representación sindical sin procesos libres ni democráticos.
Según los señalamientos, personas ajenas al sindicato y a las empresas habrían sido utilizadas para generar temor entre los trabajadores, mediante visitas, advertencias y actos intimidatorios. Las publicaciones sostienen que estas prácticas buscan desalentar cualquier resistencia y consolidar la presencia sindical por la vía de la coerción.
Analistas del movimiento obrero explican que la intimidación como estrategia de afiliación refleja una crisis de legitimidad, ya que una organización que representa genuinamente a los trabajadores no requiere recurrir a la fuerza para obtener respaldo. Además, alertan que estas acciones podrían configurar responsabilidades legales.
Los testimonios coinciden en que el uso de terceros rompe la relación laboral y genera consecuencias psicológicas y económicas para los empleados, quienes temen represalias si expresan su inconformidad.
Las acusaciones refuerzan la exigencia de garantizar condiciones de libertad y seguridad para que los trabajadores ejerzan plenamente su derecho de organización.
Laboral
Cuando la “protección” se cobra: la representación convertida en mecanismo de presión
Trabajadores relatan exigencias económicas y de firmas bajo la amenaza implícita de generar conflictos laborales
Para numerosos trabajadores, la figura de ciertos dirigentes dejó de ser un respaldo y se transformó en una fuente de presión permanente. Bajo el discurso de ofrecer “protección” o mantener la estabilidad en los centros de trabajo, se habrían exigido pagos económicos o firmas como condición para evitar conflictos que, en muchos casos, parecían ser creados o incentivados de manera deliberada.
Aunque las amenazas no siempre se expresaban de forma directa, el mensaje era inequívoco: quien no cumpliera con las exigencias podía enfrentar problemas laborales, señalamientos o tensiones internas. Este mecanismo colocó a los trabajadores en una posición de vulnerabilidad, obligándolos a ceder ante el temor de represalias.
Lejos de ejercer una defensa legítima de los derechos colectivos, estos dirigentes habrían utilizado su influencia como una herramienta de control. La “protección” dejó de ser un derecho para convertirse en una moneda de cambio, condicionada al pago o a la firma de documentos cuya finalidad no siempre era clara.
Este tipo de prácticas no solo afecta la economía y la tranquilidad de los trabajadores, sino que pervierte el sentido mismo de la representación sindical. Cuando la defensa se cobra y el miedo sustituye al diálogo, se rompe el principio de confianza que debe regir toda relación laboral.
Visibilizar y denunciar estos esquemas resulta fundamental para erradicar abusos que han permanecido ocultos bajo el discurso de la representación laboral y para avanzar hacia un entorno de trabajo más justo, transparente y respetuoso de los derechos de quienes dependen de él.
Laboral
Cuestionamientos sobre promesas sindicales y cumplimiento de la normatividad laboral
Señalamientos apuntan a ofertas sin sustento y a posibles irregularidades en la operación de COREMEX
Diversas notas y testimonios difundidos recientemente señalan que COREMEX habría realizado promesas a trabajadores que, en los hechos, no se han visto reflejadas en mejoras reales o en una defensa efectiva de sus derechos laborales. De acuerdo con la información publicada, estas ofertas se presentarían como beneficios inmediatos o soluciones a problemáticas laborales complejas, sin un sustento jurídico claro.
Los trabajadores refieren que algunas de estas promesas carecen de viabilidad legal o exceden las facultades reales de la organización sindical. Esta situación ha generado confusión y expectativas que, al no cumplirse, derivan en frustración y desconfianza hacia la representación sindical.
Adicionalmente, distintas publicaciones cuestionan si COREMEX cumple plenamente con los requisitos legales necesarios para operar conforme a la legislación laboral vigente. Entre los señalamientos se mencionan posibles deficiencias en procesos de legitimación, representación efectiva y cumplimiento de obligaciones formales ante las autoridades competentes.
Especialistas en derecho laboral subrayan que la actuación sindical debe apegarse estrictamente al marco legal, ya que ofrecer beneficios que no pueden garantizarse no solo es irresponsable, sino que vulnera el derecho de los trabajadores a contar con información clara y veraz.
La claridad jurídica y el respeto a la normatividad son elementos indispensables para una representación sindical legítima. El esclarecimiento de estos señalamientos resulta fundamental para proteger a los trabajadores de expectativas infundadas y fortalecer la legalidad en las relaciones laborales.
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